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San Cristóbal: autorizan tres antenas de telefonía móvil en la terraza de un edificio al lado de la Autopista 25 de Mayo

Cochabamba al 2200.

El Gobierno porteño consideró factible la localización de tres estructuras soporte de antenas de telefonía móvil en la terraza de un edificio ubicado en Cochabamba al 2200 casi esquina Pichincha, en San Cristóbal. Se trata de estructuras tipo “pedestal”, de tres metros de altura cada una, que se instalarán sobre una construcción de planta baja y ocho pisos, indica la Disposición N° 2113/DGIUR/26.

Según el expediente de la Dirección General de Interpretación Urbanística, el inmueble se encuentra en una zona de Mixtura de Uso 4, caracterizada por una alta densidad edilicia y la presencia predominante de viviendas junto con comercios y servicios de uso cotidiano.

El edificio tiene una altura de 30 metros hasta el nivel de la última losa. De acuerdo con la documentación analizada, los tres pedestales alcanzan los tres metros de altura, por lo que la instalación llega a una altura total de 33 metros.

El proyecto corresponde a una “Estación de Emisión y Transmisión de Comunicaciones de telefonía móvil celular” y está vinculado a Telecom Argentina S.A., que cuenta con la certificación correspondiente del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). La documentación también incluye la conformidad de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).

El Código Urbanístico permite en las áreas de Mixtura de Uso 4 la instalación de estructuras soporte de antenas tipo pedestal sobre las azoteas. El informe oficial señala además que las estructuras cumplen con los criterios establecidos para minimizar su impacto visual y adaptarse al entorno.

El expediente contempla una particularidad respecto de los retiros exigidos por la normativa. El informe señala que uno de los pedestales se encuentra sobre la Línea Oficial y que existen situaciones vinculadas con las líneas divisorias del predio. Según la evaluación de la Dirección General de Interpretación Urbanística, las condiciones técnicas de la terraza y las características de la propuesta permiten considerar cumplidos los criterios establecidos para este tipo de instalaciones.

La repartición concluyó que la localización de las tres estructuras no genera un impacto relevante sobre el área ni sobre el edificio y consideró factible su instalación desde el punto de vista urbanístico y patrimonial.

De todos modos, la autorización no implica por sí misma la habilitación definitiva de las antenas. El expediente aclara que deberán cumplirse los requisitos establecidos por la normativa ambiental, además de las disposiciones del Código de la Edificación y otras normas aplicables.

La estructura aprobada corresponde a la tipología “pedestal”, definida por el Código Urbanístico como una estructura metálica de hasta cinco metros de altura, instalada sobre la azotea de un edificio o sobre una construcción que sobresale de ella y que no utiliza riendas, arriostramientos ni tensores.

J.C.

Foto: Página 12

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