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El GCBA estableció por Decreto la “Prioridad para porteños” en el acceso a servicios públicos

Nuevo criterio administrativo.

El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, firmó el Decreto 142/26 que establece el criterio de “prioridad para los porteños” en el acceso a los servicios públicos de la Ciudad de Buenos Aires. La medida, oficializada el 8 de abril, alcanza a toda la administración centralizada y descentralizada.

“Firmé un decreto para darle fuerza legal a una política que ya aplicamos en salud: PRIORIDAD PARA LOS PORTEÑOS. Desde ahora, cada área y cada servicio del Gobierno de la Ciudad va a funcionar con ese criterio”, expresó el mandatario en redes sociales.

Según el texto oficial, la medida implica que las personas con domicilio en la Ciudad tendrán asignación preferente de turnos, cupos y prestaciones, en función de la disponibilidad de cada servicio. El decreto aclara que no se elimina el acceso para quienes no residan en el distrito, sino que se establece un orden de atención.

Argumentos oficiales

En los considerandos, el Gobierno porteño sostiene que la iniciativa busca “optimizar el funcionamiento de la Administración y mejorar la calidad de la atención” ante una demanda creciente que “puede comprometer la capacidad operativa”.

Además, fundamenta la decisión en la autonomía de la Ciudad y en criterios de gestión de recursos públicos, al señalar que los servicios son financiados con fondos locales y deben administrarse bajo principios de eficiencia, eficacia y economía, según lo establece la Ley 70.

En esa línea, Macri cuestionó la situación previa: “Durante años, la Ciudad se hizo cargo de lo que otros no hacen. La incompetencia del otro lado de la General Paz la pagaban los porteños con sus impuestos. Se terminó”.

Alcance y límites

El decreto establece que la prioridad regirá para todos los servicios del Poder Ejecutivo porteño, aunque contempla excepciones. No se aplicará en:

Emergencias sanitarias
Situaciones que requieran atención inmediata de derechos
Cuestiones de seguridad pública
Servicios regulados por convenios interjurisdiccionales

El texto también subraya que la medida debe implementarse respetando los principios de igualdad y no discriminación, y sin afectar derechos fundamentales ni el acceso en condiciones de urgencia.

Marco legal

El Gobierno argumenta que la medida es jurídicamente válida siempre que no implique exclusión, y sostiene que el domicilio en la Ciudad constituye un criterio “objetivo y verificable” para organizar la demanda.

En ese sentido, el decreto cita antecedentes de la Corte Suprema y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para justificar que pueden establecerse criterios de priorización razonables, en función de los recursos disponibles y sin vulnerar derechos.

“Esto también es ordenar y cuidar”, concluyó Macri al anunciar la medida.

J.C.

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