Los vehículos destinados a la carga y descarga de mercaderías podrán ingresar, circular y detenerse en los carriles exclusivos de la avenida Córdoba durante la noche, en el tramo que atraviesa sectores de Balvanera y Almagro. La medida, dispuesta por el Gobierno porteño, regirá entre las 21 y las 7 y tendrá una duración experimental de 90 días corridos.
La autorización quedó establecida mediante la Resolución 233/SECT/26, firmada el 2 de noviembre y publicada este miércoles 4 en el Boletín Oficial de la Ciudad. El recorrido habilitado comprende desde la calle 25 de Mayo hasta Jerónimo Salguero y busca facilitar las tareas de abastecimiento de los comercios y la distribución de mercaderías.
Según los fundamentos de la disposición, comerciantes y frentistas de la avenida Córdoba habían planteado dificultades para realizar operaciones logísticas debido a la configuración de la calzada. Esa disposición, explicaron, impide acceder directamente a ambos bordes de la acera desde los carriles destinados al tránsito general.
A partir de ese reclamo, las áreas técnicas de la Secretaría de Transporte analizaron la situación y evaluaron la capacidad de los carriles exclusivos para absorber la demanda de carga y descarga durante la franja nocturna. El informe consideró viable implementar la excepción de manera transitoria, sin modificar el funcionamiento habitual del sistema durante el resto del día.
Hasta ahora, la Ley 5.952 establecía que los carriles exclusivos de avenida Córdoba, entre 25 de Mayo y avenida Medrano, funcionaran las 24 horas y fueran utilizados por el transporte público de pasajeros y los taxis bajo el régimen correspondiente. La nueva resolución exceptúa temporalmente a los vehículos afectados al servicio de carga y descarga, únicamente en el horario autorizado.
La disposición también fija condiciones para realizar las maniobras. Los camiones y demás vehículos habilitados deberán ingresar al carril exclusivo en la intersección inmediatamente anterior al lugar previsto para la operación. Una vez finalizada, podrán circular por ese espacio hasta la esquina más próxima que permita salir, pero no podrán utilizarlo como vía de circulación continua.
Además, deberán mantener las balizas encendidas y limitar la detención al tiempo estrictamente necesario, con un máximo de 30 minutos, salvo que la cartelería correspondiente establezca otro plazo. No podrán estacionar en las paradas de colectivos, frente a accesos de garajes, en doble fila ni en otros sectores donde la detención esté prohibida por las normas de tránsito.
La medida comenzará a regir una vez instalada la señalización correspondiente. El plazo de 90 días responde al carácter experimental de la autorización, previsto en el Código de Tránsito y Transporte porteño para implementar modificaciones transitorias en las condiciones de circulación.
Durante ese período, la Ciudad podrá evaluar el funcionamiento de la modalidad y su impacto tanto en la actividad logística como en la circulación por uno de los principales corredores del centro y el oeste porteño.
J.C.