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Cómo son los créditos hipotecarios del Banco Ciudad

Presentados por Jorge Macri.

El Jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, anunció los nuevos créditos hipotecarios del Banco Ciudad para la adquisición, refacción, mejora y ampliación de viviendas. Tienen una financiación de hasta $ 250 millones a plazos de hasta 20 años en Unidad de Valor Adquisitivo (UVAs), más una tasa de interés desde 3,5% Tasa Nominal Anual (TNA). Se pueden consultar en la web oficial del banco porteño.

Según el GCBA, la medida “busca beneficiar a la clase media y apoyar el desarrollo en la zona del Microcentro”.

“Ambas líneas hipotecarias son en UVAs. La línea general tiene una tasa de interés del 5,5% + UVAs, y la de Microcentro, del 3,5% + UVAs. Estos créditos estarán disponibles a través de la web del Banco Ciudad y en todas las sucursales de la entidad y permiten financiar hasta el 75% del valor de venta del inmueble a adquirir. A su vez, la relación cuota-ingreso no debe exceder el 25% de los ingresos netos del solicitante y/o de su grupo familiar”, añaden fuentes oficiales.

“Abrimos la inscripción a dos líneas de crédito hipotecario. Una es para quienes deseen adquirir una primera o segunda vivienda en las zonas de influencia del Banco Ciudad: AMBA, Córdoba, Mendoza, Tucumán y Salta. Y la otra es para los porteños que quieran acceder a una vivienda familiar única y permanente en la zona del Microcentro. También para realizar las reformas y ampliaciones”, expresó Jorge Macri, quien estuvo acompañado por la vicejefa de Gobierno, Clara Muzzio; y el presidente del Banco Ciudad, Guillermo Laje.

“Esto tiene el objetivo de apoyar a la clase media, a los que laburan, a los que la pelean todos los días y se esfuerzan para seguir adelante a pesar de las dificultades. Creemos que si nosotros ayudamos un poquito con el esfuerzo van a lograr esa libertad que da poder poner la cabeza en la almohada y decir, este lugar en el que estoy durmiendo, aunque tarde 20 años, será mío, que es el sueño de la vivienda”, agregó Macri.

Cuando se lanzó el Plan de Transformación y Reconversión del Microcentro, el objetivo era convertirlo en un área urbana inteligente, sostenible y residencial. Como parte de esa iniciativa estaba previsto que el Banco Ciudad ofreciera créditos para la adquisición de viviendas. Hoy eso se concreta y es una forma de darle vida e impulso a esa zona que, después de la pandemia, quedó muy afectada con edificios de oficinas completamente vacíos y espacios deshabitados que se reconvirtieron”, planteó.

Resumen de los créditos:

* Son para la adquisición, refacción, mejora y ampliación de viviendas, tanto únicas y permanentes, como no permanentes.
* La financiación alcanza hasta los $250 millones, a plazos de hasta 20 años.
* Incluye dos líneas hipotecarias de similares características.
* Una línea que permite adquirir primera y segunda vivienda en todas las zonas de influencia del Banco Ciudad (AMBA, provincias de Córdoba, Mendoza, Tucumán y Salta), y otra para adquisición de vivienda familiar, única y de ocupación permanente en el Microcentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
* Ambas son en UVAs, la línea general tiene una tasa de interés del 5,5% + UVAs, y la de Microcentro, del 3,5% + UVAs.
* Los créditos estarán disponibles a partir de hoy, lunes 29 de abril, a través de la web del Banco Ciudad y en todas las sucursales de la entidad.
* Permiten financiar hasta el 75% del valor de venta del inmueble a adquirir.
* La relación cuota-ingreso no debe exceder el 25% de los ingresos netos del solicitante y/o de su grupo familiar.
* Cada $10 millones que se soliciten a 20 años para adquirir una vivienda en el Microcentro de CABA, la cuota mensual inicial es de $ 58.149.
* Si la persona, familia o conjunto de tomadores del crédito suman ingresos por $ 1.930.000, pueden acceder, como ejemplo, a un préstamo de $ 70 millones, con una cuota inicial de $ 482.000.
* Se puede solicitar una extensión del plazo si el importe de la cuota a pagar llega a superar el 10% del valor de cuota resultante de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el Coeficiente de Variación de Salarios (CVS) desde su desembolso. En esos casos se podrá extender en hasta 25% el plazo original del préstamo.

Información completa sobre los créditos:

Beneficiarios: personas físicas mayores de edad, que se domicilien o desarrollen su actividad en la zona de influencia del Banco y que acrediten haberes en Banco Ciudad o que migren su plan sueldo a Banco Ciudad (*).

Los clientes no podrán superar a la finalización del préstamo los 60 años en el caso de las mujeres (hasta 65 años presentando nota de carácter de DDJJ que no se jubilara hasta finalizar el crédito), 65 años para los hombres bajo relación de dependencia.
(*) deberán contar con al menos una acreditación de haber.

Destino de los fondos: Adquisición, refacción, mejora y ampliación sobre vivienda, permanente y no permanente ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en cualquier ciudad, partido o localidad dentro de los límites de la República Argentina donde el Banco Ciudad tenga presencia.

Monto máximo del préstamo: Hasta $250.000.000

Monto máximo de financiación: Hasta el 75% del valor de venta de la unidad a adquirir.

Moneda: UVA (Unidades de Valor Adquisitivo). La Unidad de Valor Adquisitivo es una unidad de medida que se actualiza diariamente según el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER). El valor de la UVA se publicará diariamente en la web del BCRA.

Plazos: 10, 15, y 20 años.

Amortización: Sistema Francés.

Tasa de interés:
• UVA + 5,50% T.N.A. Si el cliente deja de acreditar sus haberes, la tasa será de UVA + 7,50% T.N.A.
• UVA + 3,50% T.N.A Si la vivienda se encuentra en el Área Céntrica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del perímetro (FODUS) comprendido por las calles Avenida San Juan, Avenida Entre Ríos, Avenida Sta. Fe, Avenida Leandro N. Alem, Avenida Paseo Colón, en ambas aceras. Si el cliente deja de acreditar sus haberes, la tasa será de UVA + 5,50% T.N.A.

Relación cuota/ingreso: Hasta el 25% de los ingresos netos del solicitante y/o de su grupo familiar. Dentro del RCI mencionado, se podrá contemplar hasta un 25% del ingreso proveniente de un monotributista o Responsable Inscripto, en el caso de que formen parte del préstamo para el cálculo del monto prestable.
Cobro de Cuota: Por débito automático.
Cuota: La cuota está expresada en UVA.
Seguro de Incendio: El solicitante podrá optar entre las siguientes compañías:
o La Mercantil Andina: 0,001234%, mensual sobre valor de tasación. (CABA, GBA, Córdoba, Mendoza, Tucumán, Salta).
o La Segunda Coop. de Seguros Ltda.: 0,0011718% mensual sobre valor de tasación (CABA y Tucumán), 0,0011736% mensual sobre valor de tasación (GBA, Córdoba, Salta), y 0,0011763% mensual sobre el valor de tasación (Mendoza).
o Zurich: 0,001232% mensual sobre valor de tasación (CABA) y 0,001236%, mensual sobre valor de tasación (GBA, Córdoba, Mendoza, Tucumán, Salta).

Forma de Cancelación: Parciales o totales. La comisión se aplicará sobre el monto de la cancelación anticipada.
Comisión por Cancelación: 3% + IVA. Para cancelaciones totales no se cobrará comisión por cancelación cuando: a) haya transcurrido al menos la cuarta parte del plazo original del préstamo, o b) 180 días corridos desde su otorgamiento, de ambos plazos el mayor.
Extensión del Plazo: Cuando el importe de la cuota a pagar por el cliente supere en 10% el valor de la cuota que resultaría de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el Coeficiente de Variación de Salarios (CVS) desde su desembolso, el cliente tendrá el derecho de extender en hasta 25% el plazo original del préstamo.
La extensión del plazo podrá efectuarse todas las veces que se cumpla la condición establecida, pero deberá respetarse el límite máximo de hasta 25% del plazo original del préstamo. La extensión no deberá superar el límite de edad jubilatoria, castigándose dicho plazo al momento del otorgamiento.
Honorarios de Escribanía: Compra – Venta: 1% + IVA sobre el valor de compra.
Garantía: Hipoteca en primer grado a favor del Banco Ciudad.
Cobertura de Préstamos Hipotecarios UVAS: Para la adquisición de vivienda única, familiar y de ocupación permanente en edificio reconvertido, ubicada en el área Céntrica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (dentro el perímetro Microcentro comprendido por las calles: Av. Santa Fe, Crucero General Belgrano, Av. del Libertador, Av. Leandro N Alem, Av. Paseo Colón, Bernardo de Irigoyen, Av.
Belgrano y Carlos Pellegrini en ambas aceras), el beneficiario podrá contratar la Cobertura de Préstamos Hipotecarios UVAS (Fondo Compensatorio) que tiene la finalidad de compensar las posibles diferencias que existieran entre el ajuste de las cuotas de los créditos hipotecarios indexados por Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) y la variación del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

Requisitos para el Otorgamiento

Del Inmueble
✓ Título de propiedad en fotocopia simple.
✓ Plano Municipal aprobado en los casos de vivienda única en una parcela (casas). Cuando se trate de
propiedad horizontal se deberá presentar el plano de subdivisión debidamente aprobado.
✓ Intención de Venta de la Inmobiliaria o Boleto de Compraventa con los siguientes datos:
▪ Nombre, apellido, D.N.I. y domicilio del comprador.
▪ Nombre, apellido, D.N.I. y teléfono del vendedor.
▪ Del Inmueble: calle, número, piso, departamento, número de unidad funcional, número de
unidad complementaria, localidad y C.P.
▪ Valor de la compraventa.
✓ Para el caso de realización de mejoras sobre un inmueble que constituye o constituirá la casa
habitación del tomador del préstamo: escritura traslativa de dominio del inmueble, y los planos -de
las obras a realizar- certificados por un profesional relacionado con la industria de la construcción,
cuya firma estará autenticada por la entidad en la cual se encuentre matriculado.
✓ La presentación del plano de las obras a realizar podrá ser reemplazado por:
a) nota, con carácter de declaración jurada, en la cual el tomador de los fondos describirá la mejora
que se realizará, siempre que el préstamo sea otorgado por una entidad financiera comprendida en la Ley N° 21.526 y sus modificaciones, y su monto sea igual o inferior a $200.000.-
b) certificación de la mejora que se realice, siempre que el monto del préstamo sea igual o inferior a $ 2.700.000.-, extendida por un profesional relacionado con la industria de la construcción, cuya firma estará autenticada por la entidad en la cual se encuentre matriculado.
✓ La certificación antes citada deberá presentarse en todos aquellos casos en que, por la ubicación del inmueble, u otras causas, no se exija la presentación ante la autoridad competente del respectivo plano de la obra, aun cuando el monto del respectivo préstamo o, en su caso, de la financiación otorgada sea superior a $2.700.000.-

Del Solicitante – En General
✓ D.N.I. (original y fotocopia)
✓ No registrar antecedentes desfavorables en el sistema financiero y en los sistemas del Banco.
✓ Los préstamos solicitados por personas casadas deberán ser formulados por ambos cónyuges, en
caso de viudos o divorciados deberán acompañar acta de defunción o sentencia de divorcio según
corresponda.
✓ En caso de poseer tarjetas de crédito se deberán presentar los últimos 3 resúmenes acompañados
de los comprobantes de pago.
✓ Para todos los casos, en su defecto, los pagos realizados por débito automático obrantes en los
resúmenes de tarjetas de crédito o cuentas bancarias.
✓ Informe de los Registros de Propiedad Inmueble de la CABA, de la Provincia de Buenos Aires o de
Autoridad competente donde conste que no es titular o cotitular en más de un 50% de dominio de
bienes inmuebles y DD.JJ. suscripta para el resto del país.
✓ En caso de poseer vivienda adjuntar documentación respaldatoria. (último impuesto municipal/
provincial que demuestre que la propiedad está a nombre del solicitante o certificado de dominio de
la propiedad que acredite dicha titularidad o escritura).

Empleados en Relación de Dependencia – En General
✓ Últimos 3 (tres) recibos de haberes (original y fotocopias).
✓ En caso de percibirse horas extras y gratificaciones, se deberán presentar los últimos 12 (doce) recibos de haberes.

✓ Certificado de trabajo que indique haberes netos, antigüedad, N.º de C.U.I.L., pertenecer a la planta permanente, inexistencia de embargos, etc. Para empresas oficiales deberá constar que no está adherido al retiro voluntario y para empresas privadas se requiere la firma del empleador certificada por banco.
Empleados que pertenecen a la planta permanente del sector público o sector privado:
✓ Antigüedad mínima: 1 (un) año en el empleo actual ó 4 (cuatro) meses en el empleo actual más correlatividad de 1 (un) año en empleo anterior.
Agentes de planta transitoria y contratada de la Administración Pública Nacional, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Poder Judicial:
✓ Antigüedad mínima: 1 (un) año en el empleo actual más correlatividad de 2 (dos) años en empleo anterior.
✓ Para los agentes contratados, deberán presentar los contratos constituidos por el término de los últimos 2 (dos) años y 3 (tres) últimos aportes previsionales.
Independientes
✓ Antigüedad mínima de 1 año inscripto en la A.F.I.P., la que se comprobará por Constancia de C.U.I.T.
o formulario de inscripción (original y fotocopias).
✓ Últimos 3 pagos de aportes previsionales (originales y fotocopias), realizados a término o Resumen de Cuenta Corriente de Autónomos de A.F.I.P.
✓ El ingreso a computar de un cliente autónomo será el establecido por la categoría del pago del mismo, el cual se encuentra en la constancia de inscripción. En aquellos casos que el ingreso a computar no le alcance para el producto que está solicitando y el cliente desee un mayor monto deberá presentar, además:
▪ Certificación de los ingresos netos mensuales promedio del último año periodo fiscal, extendida por Contador Público y con firma certificada por el Consejo Profesional respectivo (de corresponder). La certificación deberá expresar que la misma se realiza sobre la base de la DD.JJ. de Ganancias correspondiente al período XX y que se corresponden a ingresos de (1ra., 2da., 3era., o 4ta categoría), debiendo dejar claro si la misma presenta saldo a favor o caso contrario presentar
el pago.
▪ O última DDJJ del impuesto a las ganancias presentada, junto con nota informando que será presentada en forma voluntaria y con conocimiento de la reglamentación del BCRA al respecto; comprobante de la presentación antes A.F.I.P., (acuse de recibo) y de corresponder, comprobante de pago de saldo a favor de A.F.I.P., Retenciones y/o Anticipos.
✓ Para todos los casos, en su defecto, los pagos realizados por débito automático obrantes en los resúmenes de tarjetas de crédito o cuentas bancarias.
✓ Según corresponda: título habilitante, matrícula, habilitación municipal, contrato social y acta de asamblea con designación de autoridades vigentes (original y fotocopias).

Monotributistas
✓ Antigüedad mínima de 1 año inscripto en la A.F.I.P., la que se comprobará por Constancia de
inscripción en A.F.I.P.
✓ Para computar los ingresos, se tomarán los máximos establecidos en las categorías impositivas establecidas por la AFIP, en la cual se encuentre empadronado el cliente y deberá cumplir con una antigüedad mínima de 3 meses de inscripción en la categoría que se utilice para el cálculo de sus ingresos.
✓ Últimos 3 pagos de Monotributo (incluye Monotributo Social) realizados en tiempo y forma, o Resumen de Cuenta corriente de Monotributistas de A.F.I.P.
✓ Para todos los casos, en su defecto, los pagos realizados por débito automático obrantes en los resúmenes de tarjetas de crédito o cuentas bancarias.

 

J.C.

Foto: GCBA

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