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Subtes, colectivos y recolección de residuos con servicios mínimos durante paros, decreto del GCBA

Anunció Jorge Macri.

El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, anunció la firma del Decreto N° 230 que establece la obligación de asegurar niveles mínimos de funcionamiento en el subte, el transporte automotor de pasajeros y el servicio de recolección de residuos durante medidas de fuerza en la Ciudad de Buenos Aires.

Según informó el mandatario a través de sus redes sociales, la medida busca evitar la paralización total de servicios esenciales ante conflictos gremiales y garantizar la continuidad de prestaciones básicas para los usuarios.

Macri sostuvo que la decisión apunta a impedir que “una minoría organizada pueda paralizar toda una Ciudad” y cuestionó a sectores sindicales a los que acusó de utilizar a los ciudadanos como “rehenes” en disputas laborales.

“Se terminó la extorsión de un grupo de sindicalistas que usan a millones de porteños como rehenes para defender sus privilegios”, expresó el jefe de Gobierno.

El decreto alcanza a tres servicios clave del sistema urbano porteño: el subte, el transporte público automotor y la recolección de residuos, que deberán mantener niveles mínimos de operación aun en contextos de conflicto.

Alcance y niveles mínimos de servicio

De acuerdo con el Decreto N.º 230/26, publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad, en caso de conflictos colectivos de trabajo o medidas de fuerza que afecten la prestación de servicios, se deberán garantizar las siguientes coberturas mínimas:

Recolección de residuos: deberá prestarse con una cobertura mínima del 75% del servicio normal, al ser considerada actividad esencial, con el objetivo de evitar la interrupción del sistema de higiene urbana y proteger la salud pública.
Transporte público automotor de pasajeros (colectivos): deberá garantizarse al menos un 50% de funcionamiento en cada una de las líneas de jurisdicción porteña, por tratarse de una actividad de importancia trascendental para la movilidad urbana.
Subte y Premetro: también deberán operar con un mínimo del 50% de cobertura en cada línea, en caso de huelgas o conflictos colectivos que afecten el servicio.
Implementación y autoridades de aplicación

El decreto instruye a la Secretaría de Trabajo y Empleo del Ministerio de Justicia a convocar a las partes en conflicto y arbitrar los medios necesarios para asegurar el cumplimiento de los porcentajes mínimos establecidos.

Asimismo, establece que Subterráneos de Buenos Aires S.A.U. deberá definir la modalidad y condiciones de prestación del servicio mínimo en el subte, en coordinación con la empresa concesionaria Emova Movilidad S.A.

Marco normativo

La medida se fundamenta en la Ley Nacional 25.877 y su modificatoria 27.802, que regulan los conflictos colectivos en servicios esenciales y actividades de importancia trascendental, así como en normas locales vinculadas al transporte, la higiene urbana y la organización del sistema de subterráneos.

J.C.

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