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Suspenden el debate por el Código Urbanístico

Es por una medida cautelar. Dicen que falta una audiencia pública.

La Jueza Andrea Danas dictó una medida precautelar que pide frenar el debate legislativo por la modificación de los Códigos Urbanístico y de Edificación.

“Ello hasta tanto la Legislatura y el Poder Ejecutivo informen en el plazo de cinco días, el estado parlamentario de los mismos, sus antecedentes y si efectivamente se ha convocado a audiencia pública previo a su tratamiento legislativo”, expusieron la Asociación por la Justicia Ambiental (AJAM) y el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC), autores del amparo.

Ambas entidades cuestionaron “la omisión tanto del Poder Ejecutivo como de la Legislatura de la ciudad en convocar y realizar la Audiencia Pública Obligatoria que dispone el art. 63 de la Constitución de la Ciudad”.

“El 4 de abril de este año, el Jefe de Gobierno de la Ciudad remitió a la Legislatura el proyecto de ley N° 849-J-2018 que tiene por objeto aprobar el nuevo Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y el 19 de abril remitió el proyecto de ley N° 1058-J-2018 que tiene por objeto aprobar el Código de Edificación de la Ciudad”, añadieron.

De acuerdo al artículo 63 de la Constitución de la Ciudad es obligatoria la convocatoria a audiencia pública “antes del tratamiento legislativo de proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos industriales o comerciales, o ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos”.

La Jueza expresó en su fallo que “la suspensión del procedimiento legislativo se presenta como una medida necesaria para preservar los mecanismos de participación ciudadana garantizados constitucionalmente, y compatibilizar los intereses en juego, hasta tanto el tribunal pueda evaluar la procedencia de la medida cautelar solicitada, con mayores elementos de juicio”.

“Las asambleas y organizaciones sociales desde que el GCBA informó su decisión de aprobar el Código Urbanístico y un nuevo Código de Edificación para la ciudad cuestionaron que las instancias de discusión y participación ciudadana no se cumplen o constituyen una mera formalidad”, concluyeron AJAM y ODC.

J.C.

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