La Dirección General de Interpretación Urbanística del Gobierno porteño consideró factible la localización de nuevos usos comerciales en dos locales del Abasto Shopping, ubicados en el segundo y tercer piso del inmueble situado sobre las calles Agüero, avenida Corrientes, Anchorena y Lavalle. La superficie total involucrada alcanza los 2.524 metros cuadrados.
La consulta urbanística comprende los locales identificados como N03L034 y N04L002, correspondientes a la nomenclatura catastral 013-060-000. El pedido incluye distintos rubros de comercio minorista y fue analizado debido a que el edificio se encuentra dentro del Distrito APH32 – Mercado de Abasto y está incluido en el catálogo de inmuebles protegidos de la Ciudad con nivel de protección Estructural.
Entre los usos considerados admisibles figuran el comercio minorista de productos no comestibles como indumentaria, lencería, textiles, artículos personales y regalos, librería, papelería, juguetes, discos, cotillón, calzado y artículos de cuero. También se incluyeron locales de venta de artículos para el hogar, óptica y fotografía, productos y herramientas para jardinería, además de instrumentos de precisión, científicos, musicales y artículos de ortopedia.
Qué dijo la Ciudad sobre el edificio
El organismo destacó que los locales se encuentran dentro del edificio del ex Mercado de Abasto de la Ciudad, posteriormente reconvertido en centro de compras, al que definió como un inmueble de alto valor patrimonial por sus características edilicias, históricas y simbólicas.
Según el análisis realizado, el entorno inmediato se caracteriza por la combinación de usos residenciales, recreativos, turísticos, de servicios y comerciales, con una importante circulación de personas.
La Dirección General de Interpretación Urbanística concluyó que las actividades comerciales solicitadas no menoscaban los valores históricos, culturales, tipológicos y compositivos del edificio, en tanto se conserve la composición general y la estructuración de su fachada.
Al tratarse de locales ubicados en el interior del centro comercial, el informe tampoco contempla la instalación de publicidad, marquesinas o toldos sobre la fachada.
Detectaron modificaciones que deberán regularizarse
La factibilidad otorgada tiene, sin embargo, algunas condiciones. Durante el cotejo entre la documentación presentada y el plano de mensura existente, el organismo detectó modificaciones que no se encuentran registradas.
Por ese motivo, se indicó que esas situaciones deberán ser regularizadas ante el organismo competente y se aclaró que el informe no implica la convalidación de las modificaciones existentes.
Además, si hubiera obras realizadas sin permiso, deberán ser regularizadas ante la Gerencia Operativa de Patrimonio Arquitectónico Urbano. Cualquier futura reforma, modificación del inmueble, intervención de fachada, colocación de cartelería o instalación de toldos deberá ser consultada previamente.
El organismo tampoco consideró necesario exigir nuevos espacios de estacionamiento vehicular, bicicletas o sectores de carga y descarga, debido a que el inmueble en su conjunto cuenta con una habilitación que ya contempla esos requerimientos.
La autorización urbanística también queda condicionada al cumplimiento del reglamento de copropiedad y administración, dado que el edificio se encuentra sometido al régimen de propiedad horizontal.
Finalmente, la factibilidad no exime a los responsables de cumplir con el Código Urbanístico, el Código de la Edificación, el Código de Habilitaciones y Verificaciones y las demás normas que resulten aplicables. La conformidad también queda sujeta a que la información presentada mediante declaración jurada sea verdadera, completa y verificable.
Foto: Revista El Abasto