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Libertad de expresión y alternatividad en juego


Imagen de www.equinoxio.org

El periodismo vecinal tiene por ley el apoyo monetario del ejecutivo del Gobierno porteño, en lo que refiere a pauta publicitaria en contraprestación a las publicaciones de comunicados de gobierno. Ahora, esto requiere de ciertos requisitos que los medios deben cumplimentar. Un breve análisis de las contradicciones al momento de evaluar.
    El periodismo vecinal tiene, como es bien sabido, el apoyo por ley del ejecutivo del Gobierno porteño, en lo que refiere a pauta publicitaria. Ahora, esto requiere de ciertos requisitos que los medios deben cumplimentar. Para ello rige (más allá de que se avecina una nueva ley) una ordenanza (n° 52.360), una reglamentación y un instructivo. Este último cargado de contradicciones contra la ley madre (la ordenanza mencionada), pero incluso dentro del mismo instructivo hay párrafos ambiguos y hasta contradictorios.
    Contra la ordenanza -y por ende el espíritu de la ley- se atenta, por ejemplo, al obviar las notas históricas como contenido de notas sobre la ciudad de las cuales al medio se le exige como mínimo la mitad del material periodístico (una vez excluida la publicidad que no puede superar el 50%). En el instructivo se hace hincapié en temas de actualidad, como si olvidar la historia un tuviese una connotación ideológica.
      Ese punto, en el Instructivo 2009, está destacado (es el único en negrita y subrayado): “El 50% de los contenidos publicados debe corresponder a notas periodísticas de actualidad y referidas a temas inherentes a la Ciudad de Buenos Aires, sus barrios o futuras Comunas. Estas deberán estar vinculadas a la cultura, educación, salud, medio ambiente, derechos humanos, calidad de vida, sociedad o vida institucional”.
    Cabe acá mencionar que al poner Ciudad de Buenos Aires, se refieren únicamente a la zona de la administración pública quedando fuera de las “notas ciudad” trabajos sobre la matanza en el Puente Pueyrredón o en el lado sur del Riachuelo.
     Pero vayamos a la contradicción interna del Instructivo. Unos puntos más abajo dice: “Las entrevista y/o reportajes a personalidades serán tomadas como notas referidas a los barrios y/o ciudad, cuando en ella se deja claro la importancia, trascendencia de la labor o de la actividad que desempeña y/o desempeñó la persona en ese barrio [en ambos casos los subrayados son nuestros].
     Acá, cuando la “nota ciudad” es realizada en forma de entrevista debe hacerse a una “personalidad”, no a seres humanos comunes del barrio y encima la nota debe demostrar su “importancia, trascendencia” en “ese barrio”. Dicho con otras palabras, una entrevista a una persona menos conocida, sin prensa, pasa según el Instructivo que realizó sin consultar al sector la Comisión Evaluadora del G.C.B.A. a ser notas “otros” y no “notas ciudad”.
     Esto demuestra que queda clara la idea de reproducir la lógica de los medios de desinformación masiva, pasando por alto nuestra alternatividad que en definitiva es el origen y fundamento de nuestra existencia como medios. Y encima la evaluación se está basando únicamente en la subjetividad de la Comisión Evaluadora. A mi modo de ver el tema está íntimamente ligado a la libertad de expresión. Y si bien al quitar la publicidad oficial no podríamos decir que nos impiden seguir editando nuestro medio, aclaremos públicamente que sin ese aviso del gobierno la labor se complica más de lo humanamente soportable.
    En otras palabras, el instructivo que debería ordenar la ley para implementarla parece hacer funcionar una nueva ley: ¡el ejecutivo legislando!

R.S.
Buenos Aires, 12 de diciembre de 2008


 




 

 

 

 

 

 

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