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“Donde la justicia dicta su sentencia, muere la retórica”

Gardel Gardel:
el juicio sucesorio en Uruguay

Durante el proceso sucesorio que se sustanciaba en la Argentina se produce, simultáneamente, las primeras actuaciones procesales sobre los bienes que pudiera tener Carlos Gardel en Uruguay.
En efecto, el Dr. Hugo Máximo FUNES, matrícula N° 2959, con domicilio en el estudio del Dr. Augusto Rodríguez Larreta, apoderado de Berthe Gardes, para intervenir en la Testamentaria, requiere "copia legalizada del testamento hológrafo"Êotorgada por el causante, para iniciar determinadas diligencias, ante las autoridades de la República Oriental del Uruguay, en relación a los bienes que tendría C. Gardel en ese país".
En la presentación oficial del escrito sucesorio de Montevideo -Expte N° 35, F° 66, N° 747/42- incluye, además, el acta de nacimientoÊemitida elÊ23 de agosto de 1921, expedida en Toulouse, coincidente con el viaje de Berthe Gardes y Anais BeauxÊa Francia, solventada por su hijo. El Juez de Primera Instancia de Montevideo, Dr. Francisco Jurdi Abella, por la vía Diplomática solicita al vice-cónsul Uruguayo en Toulouse, Felix Legrand gestione, debidamente traducida, y legalizada la partida de nacimiento.
También se incorpora, contemporáneamente, al expte. la certificación por la que consta en el libro de Defunciones N° 49 Folio N° 298 del 25 de junio de 1935 de la Vicaria de la Parroquia de Medellín, la muerte de "C.Gardel oriundo de la Argentina, de cuarenta años, más o menos, soltero hijo de Berta Gardel". Esta firmada, dando fe por Germán Montoya, cura y refrendada porÊel gobernador delÊDepartamento de Antioquia, Echeverri Luque, y el cónsul general de Uruguay en Colombia, Ricardo Santa María.
Por supuesto que todo se diligenció por Correo Diplomático que aventa cualquier duda de "manos negras", sorprendiendo la buena fe de jueces ingenuos o diplomá
ticos venales.
Ya hacia un año que el presidente de Uruguay, Gabriel Terra había mandadoÊarchivar el reclamo de repatriación de sus restos, en conocimiento, vía consular, de la nacionalidad francesa del causante y la decisión de su madre.
Por otra parte, Marie Berthe Gardes, reitera el reconocimiento de su maternidad ante el Juez Argentino, que repite en el Juicio Sucesorio en Uruguay, en el sentido que: "Vengo a iniciar el Juicio Testamentario de mi hijo don Carlos Gardel, cuyo verdadero nombre, según quedará comprobado oportunamente es el de Charles Romuald Gardes". "Acompaño al efecto el testamento hológrafo escrito por mi hijo el 7 de noviembre de 1933".
[…] El Juez Abella, en posesiónÊde los elementos indispensables abre la Sucesión, el 31 de marzo de 1936, de Carlos Romuald Gardes, Carlos Gardes o Gardel, poniendo de manifiesto que estaba ante una misma y únicaÊpersona, tal como se evidenciaba en los documentos obrantes.
[…] En 73 años nunca se dio a conocer el expediente a la luz pública ni ningún presunto damnificado entabló reclamo de ninguna naturaleza.
Pero, entonces nace la leyenda que compromete hasta el estado con un pedido de examen de ADN, convertido en un culebrón que el Poder Ejecutivo, prudentemente, dejó en el olvido.
Ante tamañas evidencias, plenamente vigentes, jamás recusadas, conforme a derecho, nace una leyenda matizada de anécdotas, - "se dice"-Êy retórica sin contenido sustentable. Se han sumado pseudo-juristas que confunden, ex-profeso, a una Partida de Nacimiento, regida por la ley del 11 de febrero de 1879 con un salvoconducto, válido por un año, que emiten los consulados, para aquellos que declaran ser uruguayos, residentes en un país extranjero que necesiten auxilio y protección, previo comprobar su nacionalidad, según lo exige el Art. N° 79 de la ley N° 3028Êde 1906 que Gardel eludió.
El Juez Uruguayo se ciñó escrupulosamente a los elementos válidos que surtieron los "Efectos Probatorios Indispensables": Partida de Nacimiento y Defunción y Testamento Legalizado (posteriormente periciados Técnicamente por los Drs. Torre y Fenoglio).
El 14 de abril de 1937 el Juez J Abella se expide en estos términos: “Sin perjuicio de la sección otorgada a favor del Sr. Máximo Arana, declarase heredera del causante Carlos Gardes a su madre Bertha Gardes”.

Juan Carlos Esteban

Resumen del cual hemos eliminado algunos párrafos y la mayoría de los números de leyes y/o artículos. Para quien desea conocer el texto completo está disponible en www.gardelweb.com.ar

Imagen de la familia Gardes, con Carlitos en el centro.

Revista El Abasto, n° 99, junio, 2008.

 
 

 
 
 

 

 

 

 

 

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